Recomendación en Discrepancia D14-2023-9

Recomendación en Discrepancia D14-2023-9, referida al contrato de concesión "Hospital de Antofagasta"

Recomendación en Discrepancia D14-2023-9

Con fecha 05/12/23 el Panel Técnico de Concesiones emitió su Recomendación en Discrepancia D14-2023-9, caratulada "Discrepancia por sobrecostos derivados de la adopción de medidas adicionales a causa de la pandemia", entre la Sociedad Concesionaria Salud Siglo XXI S.A. y el Ministerio de Obras Públicas.

En su punto 11, señaló lo siguiente: 

"De acuerdo con el análisis desarrollado en el punto 10 y de los antecedentes presentados al Panel, se concluye y recomienda lo siguiente:
11.1 La SC debió adoptar diversas medidas adicionales debido a instrucciones del IF las que significaron una modificación de los servicios contratados, elevando el estándar comprometido en el Contrato, con los consecuentes sobrecostos que deben ser compensados.

11.2 Que el MOP compense a la SC por los mayores costos incurridos en los siguientes términos:

11.2.1 Por concepto de aseo la suma de UF 29.008,12 más UF 153,53, por concepto de vacunas.

11.2.2 Por servicio de vigilancia la suma de UF 3.581.

11.3 Se reconoce el derecho de la SC a ser compensada por concepto de manejo de: i) Servicio Gestión integral de residuos sólo por mayor cantidad de kilos procesados, ii) Servicio Gestión de ropería, ii) Elementos de Protección Personal y mascarillas. Para determinar el valor a compensar se debe proceder de la siguiente manera:

a. Las partes deberán establecer de común acuerdo una línea de base para detectar las diferencias entre lo comprometido de conformidad con el Contrato y los servicios efectivamente exigidos por el MOP y realizados por la SC, debidamente acreditados.

b. Para el cálculo de las compensaciones deberá descontarse de tales diferencias, los déficits de cumplimiento de parte de la SC durante el período reclamado, para cada uno de los servicios.

11.4 Las sumas señaladas en 11.2.1 y 11.2.2, así como aquellas que se establezcan conforme lo señalado en 11.3, se paguen con los intereses corrientes para operaciones reajustables a partir de esta fecha.

11.5 Con relación a las declaraciones solicitadas respecto a los sobrecostos posteriores a diciembre de 2022, se recomienda al MOP que proponga una herramienta para el caso que, de existir dichos sobrecostos, permita dar cuenta de estos pagos de forma expedita y conocida por todas las partes, tal como quedó reflejado en el Acta de Finalización de la Mesa de Trabajo y cómo se ha recomendado en la Discrepancia D07-2022-9".

Acceda al texto completo de la Recomendación en el siguiente link.